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Juicio sobre adolescentes asesinados en el CEI fue postergado por el Tribunal

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El Presidente interino del Tribunal de Sentencia de Luque, Hugo Villasanti, mediante una providencia, aplazó el juicio oral y público de la Causa Nº 934/14: «Ignacio Franco Fernández y otros s/ homicidio doloso”, relacionada a la muerte de dos adolescentes varones durante un motín en el Centro Educativo de Itauguá (CEI), el 21 abril de 2.014¹. De esta forma el juicio, cuyo inicio estaba fijado para el pasado viernes 9 de diciembre, no cuenta con una nueva fecha para su realización.

El aplazamiento estuvo fundado en un pedido formulado por la defensa, de acceder a las grabaciones del circuito cerrado del CEI en la fecha de los hechos, y otros pedidos de las partes, sobre pruebas que no han sido incluidas al expediente. Por su parte, la defensa también ha solicitado la nulidad del proceso, mediante un incidente presentado ante el Tribunal.

El Tribunal de Sentencia está originalmente compuesto por Alicia Orrego Pérez, en calidad de presidenta y actualmente con permiso, acompañada por Lilian Rosaura Flores y Rubén Morínigo, en calidad de miembros.

Antecedentes

El 21 de abril del 2.014, varios adolescentes recluidos en el CEI habrían iniciaron una acción de protesta en reclamo a constantes situaciones de maltratos físicos y verbales, mala calidad de la alimentación, falta de insumos básicos; con el objetivo de llamar la atención de los funcionarios administrativos del CEI, habrían quemado colchones en el interior de sus pabellones.

Cuando ya la tensión había disminuido, varios guardias o educadores, entre ellos los acusados (Juan Carlos Saucedo, Ignacio Franco Fernández y Adrián Jara), se habrían acercado hasta el pabellón 3B del CEI, donde habrían realizado disparos con armas de fuego, a quemarropa, hacia el interior del pabellón en el cual se hallaban más de una veintena de adolescentes. Como consecuencia de dicha acción, fallecieron los adolescentes F. D. R. I. (16 años) y N. J. D. R. (17 años), mientras que otros resultaron heridos.

El 23 de enero de 2.015 fue formulada la acusación contra los educadores señalados, a cargo de la Abg. Teresita Torres Molas del Ministerio Público, Unidad Fiscal Nº 1 de la ciudad de Itauguá.

La acusación fue acompañada por la querella adhesiva formulada desde la Coordinadora por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia (CDIA) y la Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (Codehupy). Las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores, o reglas de Beijing, indican que el personal de los centros de atención de adolescentes no debe portar armas.

Desde el 2.004 existe una condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que sanciona al Estado Paraguayo en el caso “Instituto de Reeducación del Menor Panchito López”, por violar los derechos a la vida, a la integridad personal, al debido proceso y a la protección judicial de aproximadamente 4.000 jóvenes que pasaron por dicho lugar entre 1.996 y 2.001, en razón de que el Estado no adoptó medidas especiales de protección que está obligado a tomar a favor de adolescentes privados de su libertad². El Panchito López contaba con capacidad para 15 internos, pero albergaba entre 200 y 300 al mismo tiempo; debido a esta condición, entre el 2.000 y el 2.001, durante 3 incendios, murieron un total de 12 adolescentes, y decenas resultaron heridos.

Imagen: Diario Última Hora


 

¹ http://www.hoy.com.py/nacionales/guardias-compran-balas-con-su-dinero-reconoce-ministerio

² https://www.facebook.com/notes/cdia-observa/comunicado-ante-gesti%C3%B3n-de-conflictos-dentro-del-centro-educativo-itaugu%C3%A1-y-ases/740676492620038